Trabajadores provinciales: quien no se presente a trabajar no cobrará sueldo

El proyecto de Ley de Emergencia que se trataría en la Cámara el viernes, prevé que se cortan las adscripciones y licencias especiales y todos deben regresar a su puesto de trabajo en un plazo perentorio. También se refiere a las carpetas médicas prolongadas, que tendrán también su abordaje.
La Honorable Cámara de Diputados de la provincia de Santa Cruz, el próximo viernes 29 de diciembre volverá a intentar desarrollar la sesión extraordinaria para tratar el Prespuesto 2024, la derogación de la llamada «Ley de Lemas», las auditorías en organismos provinciales y la modificación de la Ley de Ministerios que da forma al gabinete con el que gobernará Claudio Vidal, de acuerdo al temario fijado para la sesión que no pudo concretarse días atrás. A ese temario se sumará el tratamiento de la Ley de Emergencia Económica para la provincia de Santa Cruz.
El proyecto de Ley para declarar la Emergencia incluye un capítulo completo dedicado a la organización y planta de personal. En ese capítulo señala que «quedan sin efecto la totalidad de las adscripciones de personal existentes a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley. Los agentes / empleados que se encuentren adscriptos». Y advierte que quienes pierdan esta condición de adscriptos,, «deberán presentarse en su dependencia de revista» en un plazo perentorio, que aún resta determinar.
El Gobernador Claudio Vidal se refirió en numerosas oportunidades a las personas que -si bien perciben su salario- no se presentan a trabajar. Esta problemática fue ratificada por el vicegobernador Fabián Leguizamón, quien observó lo mismo en la Legislatura; y también por otros funcionarios que se encuentran relevando la cantidad de personal que figura en planta y la que efectivamente presta servicios.
Continúa el texto indicando que «superada la fecha tope establecida sin que el trabajador se haya presentado a prestar servicios, se procederá conforme lo dispone el Convenio Colectivo de Trabajo General para el Sector Público Provincial y no se le habilitará el pago de haberes».
Por otra parte, también se refiere a quienes estén bajo carpeta médica: «El personal que a la fecha de vigencia de la presente Ley se encuentre en situación de licencia por enfermedad, tratamiento prolongado, con tareas pasivas o jornada reducida, deberá ser evaluado por el Servicio de Reconocimientos Médicos dependiente del Ministerio de Salud y Ambiente, y resolver en consecuencia su situación con anterioridad al 31/03/2024.
Y además suspende «las autorizaciones para usufructuar licencias extraordinarias con goce de haberes, excepto las que autorice expresamente el Poder Ejecutivo».
Fuente: El Diario Nuevo Día